Permiso de vuelo fotogramétrico

El procedimiento a seguir para solicitar una autorización de vuelo fotogramétrico consiste en rellenar el formulario de solicitud, adjuntando a él un croquis sobre cartografía del Mapa Topográfico Nacional 1:25.000 de la zona a fotografiar, delimitando esta mediante un polígono de cuyos vértices se especifiquen las coordenadas UTM o geográficas (longitud y latitud). Las hojas del MTN25 se encuentran disponibles a descarga en diversos formatos en el centro de descargas del CNIG. Posteriormente, se debe remitir toda esta documentación a rcc@transportes.gob.es con una antelación mínima de15 días hábiles a la fecha del vuelo.

El Registro Central de Cartografía realizará un trámite previo para detectar la presencia de zonas restringidas o prohibidas al vuelo y, posteriormente, remitirá el expediente al Centro Cartográfico y Fotográfico del Ejército del Aire (CECAF), quien otorgará, en su caso, la autorización y contactará con el solicitante una vez tramitado el permiso de vuelo.

Vuelo fotogamétrico

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Localización
Registro Central de Cartografía
C/ General Ibáñez de Ibero, 3. 28003 – Madrid

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Teléfono
638 231 622

Correo electrónico:
rcc@transportes.gob.es