Volver a Inicio Volver a Inicio Ir a la Web de la AGE Ir a la Web del Ministerio de Fomento Ir a la Web del IGN


Organización local: municipios y provinciasOrganización local: municipios y provincias

Organización local: municipios y provincias

Junto a las Comunidades Autónomas, la Constitución de 1978 recoge en su Título VIII otros dos niveles de la organización político-administrativa del Estado: las provincias y los municipios.

Las provincias del texto constitucional democrático son las mismas, en número y en extensión, que las existentes hasta entonces. Suman un total de 50, de las que 47 son peninsulares y 3 insulares. Estas provincias son en buena medida el resultado, con pequeñas modificaciones, de la primera división moderna de España en provincias, que data de 1833, y que se conoce como división provincial de Javier de Burgos, nombre del ministro de Fomento bajo cuyo mandato se aprobó definitivamente. Las actuales provincias, cuando no constituyen comunidades autónomas uniprovinciales, cuentan con un órgano de representación, la Diputación Provincial, y algunas competencias supramunicipales, pero no tienen capacidad legislativa.

La estructura político-administrativa del Estado, establecida por la Constitución de 1978, se cierra con los Municipios, que poseen importantes competencias administrativas en materia urbanística. El mapa de los municipios de España presenta una configuración muy desigual, con provincias integradas por un reducido número de municipios de elevada superficie media (superior al centenar de kilómetros cuadrados), como ocurre en Extremadura, Andalucía Occidental, Región de Murcia o sur de Castilla-La Mancha, frente a numerosas provincias de la mitad norte peninsular y de los archipiélagos, que tienen un mapa municipal muy parcelado.

Volver